domingo, 2 de noviembre de 2014

El marco epistemológico de la paz

Gráfica captada en la convocatoria hecha por la Ruta Pacífica de Mujeres, el 10 de junio de 2014, en la Plazoleta de San Francisco. (Foto: Mauricio Villegas).
Paz imperfecta y pacifismo jurídico

El presente artículo desarrolla una perspectiva epistemológica y ontológica de la paz haciendo una aproximación conceptual al concepto moderno de la paz imperfecta,  entendida esta como todos aquellos momentos en los cuales las diferentes entidades humanas tienen momentos de sosiego y tranquilidad que les permiten desatar potencialidades. Y que, a su vez, posibilitan, ante todo, suspender episodios de violencia,  a fin de desatar de manera creadora la resolución y transformación pacífica de los conflictos y la reconciliación de las sociedades.

Por Héctor Alonso Moreno (*)
La irenología, como la ciencia que estudia la paz, ha estado presente en la historia de los hombres desde los propios orígenes de la humanidad. En algunas ocasiones como mito, muy difundido entre los griegos, y en otras como ideario y propósito de las sociedades, a fin de alcanzar una convivencia a partir de la construcción de unos mínimos establecidos política y socialmente.


En la cultura mitología griega, Eirene era hija del originario dios Zeus y de la diosa Temis. Junto con sus hermanas, Dike y Eunomía, constituyeron la tríada de las llamadas “Horas o Estaciones”. Según Homero, las Horas eran las divinidades olímpicas del clima y las ministras de Zeus. Su función era regular las estaciones y favorecer la fertilidad en la Tierra. Como diosas de la ley y el orden mantenían la estabilidad de la sociedad.

Eirene, era la consecuencia producto de una relación lógica entre la Justicia y el Buen Gobierno, al tiempo que posibilitaba la existencia de ambos, y se ligaba a los conceptos de florecer y fructificar.


Estas conceptualizaciones respondían a la idea del mundo griego, en el cual la agricultura y la paz estaban estrechamente relacionadas la una con la otra, y en tal sentido, el logro de una vida pacífica aseguraba el correcto funcionamiento de la agricultura; en una sociedad en la que, en un principio, el ciudadano varón era a la vez agricultor y guerrero.

Ahora bien, desde un punto de vista epistemológico, es necesario partir de una de las definiciones clásicas compatibles con la paz; aquella que afirma que la paz no es otra cosa desde la perspectiva del conflicto que las posibilidades de su transformación creadora. “La paz es el contexto en el cual se despliegan los conflictos de forma no violenta y creativa. Por lo tanto, comprender mejor los conflictos acerca más a la paz, ya que generalmente son tratados de manera pacífica, es decir, ante las diferencias se opta por las vías mediante las que se obtienen mejores resultados” (Molina Rueda y Muñoz, 2004:30).

De ahí, que las posibilidades de transformación pacífica de los conflictos están directamente relacionadas con nuestra capacidad de identificarlos en su esencia y naturaleza. Para conocer la paz tenemos que conocer el conflicto y saber cómo pueden transformarse los conflictos, tanto de manera no violenta como de manera creativa (Galtung, 2003:31).

Hoy día en el mundo académico el tema en asuntos del conflicto político armado y del conflicto social está más orientado a los mecanismos de su resolución, a su transformación, o mejor, a su tratamiento o manejo y no a su justificación. Johan Galtung, es quizá uno de los más importantes teóricos de los enfoques de manejo de conflictos y de las apuestas de construcción de paz. En el libro Paz por medios pacíficos: Paz y conflicto, desarrollo y civilización (Galtung, 2003), se recoge lo esencial de su pensamiento.

Según Johan Galtung, la ausencia de violencia equivaldría a una paz positiva que es la que puede permitir la condición precisa y necesaria para que los conflictos se puedan transformar de manera creadora.

En cuanto ausencia de violencia estructural, que es la que instituciones de dominación aplican sobre los sometidos al dominio, y en el concepto de la cual se incluyen la injusticia social, la desigualdad entre ricos y pobres, entre poderosos y débiles, la explotación capitalista, el imperialismo, el despotismo, etc.; la paz positiva es la que sólo se puede instaurar mediante un radical cambio social y que, en consecuencia, debe avanzar junto a la promoción de la justicia social, al desarrollo político y económico de los países subdesarrollados, con la eliminación de las desigualdades (Bobbio, 2009:555).

La paz como propósito se construye en una relación homogeneizadora a fin de lograr una convivencia pacífica. En tal sentido, la forma como se tramiten los conflictos entre los hombres demarcaran los límites de los períodos históricos y de las épocas en que el hombre vivió entre sociedades en guerra y sociedades en paz.  Siempre que exista una paz social habrá la posibilidad que se desate un descuerdo social que lleve al trámite del conflicto por la via de la violencia. De tal manera que nunca la paz será permanente; siempre la paz será imperfecta.

Paz imperfecta
El profesor Francisco Muñoz, investigador del Instituto de la Paz y los Conflictos de la Universidad de Granada, afirma que el concepto de paz imperfecta  hace referencia a la definición de “aquellos espacios e instancias en las que se pueden detectar acciones que crean paz, a pesar de que estén en contextos en los que existen los conflictos y la violencia. (Muñoz y Molina, 2009:47)

En ese sentido, en el caso de Colombia en cuanto a la construcción de paz, se denomina bajo el concepto de Paz Estructural Imperfecta[1] o inacabada, a todos aquellos momentos o denominados episodios[2] resultantes de la interrupción del conflicto político armado, bien sea de la violencia interpartidaria, o de la llamada violencia revolucionaria. Episodios como los pactos políticos que superaron la violencia con el frente nacional en 1958 o el acuerdo del pacto constituyente de 1990 son formas de lo que se denomina paz imperfecta.

Así mismo, es preciso reconocer como paz imperfecta, también a las alianzas políticas, las terceras fuerzas políticas nacidas del tránsito de las armas a la política, y/o los acuerdos políticos de gobernabilidad, que han servido para crear espacios de dialogo, discusión  y conversaciones a fin de consolidar hechos de construcción de paz en medio de la relación violencia-bipartidismo,  así estos se hayan dado de manera transitoria.

En nuestro país han sido recurrentes los escenarios de la construcción de paz en medio del ciclo de violencia política. Una paz no perfecta, pero que como procesos estos pactos de superación de la violencia han servido para propiciar la posibilidad de construir espacios en las que se desarrollan proyectos de convivencia pacífica.

También se han destacado  numerosas iniciativas de paz definidas como “acciones de la sociedad civil en términos de iniciativas, marchas, talleres, foros, discusiones,  propuestas de todo tipo, que buscan principalmente procurar una solución política negociada del conflicto armado, buscar fórmulas para superar las dificultades que obstaculizan el encuentro de las partes en conflicto, promover el respeto y la garantía de los derechos humanos, propiciar la generación de una cultura de paz e impulsar y exigir que las partes en conflicto sujeten su conducta y sus acciones a las normas del derecho internacional humanitario (Bejarano, 1999:295).

En el texto: “La Paz, partera de la historia”, la investigadora Esperanza Hernández Delgado[3] hace un detallado recuento de lo que ha sido en los últimos años los diversos escenarios de  iniciativas y de construcción de paz, en escenarios diferentes a los pactos históricos a que nos referimos.

            En la historia reciente de este país, los escenarios de la paz registran acontecimientos relevantes: el creciente protagonismo de la sociedad civil por la paz, reflejado en el surgimiento de múltiples iniciativas de paz de base social, en el periodo comprendido entre la década de los setenta y los ochenta, su dinamización  y sus alcances reales, en 1997 en el mandato ciudadano por  la paz, la vida y la libertad, que alcanzo el respaldo de diez millones de votantes; y en un sostenido movimiento por la paz que surge en el periodo comprendido entre 1975 y 1985, se activa entre 1986 y 1995, y se dinamiza en el ámbito local entre el 2000 y el 2003. A juicio de algunos analistas, “es Colombia probablemente el país en conflicto armado con una mayor movilización para la paz”.

            Se agregan a los anteriores, las negociaciones de paz realizadas con seis grupos armados en el periodo comprendido entre 1989 y el 2003, y la descalificación creciente por parte de distintas expresiones de la sociedad civil y de opinión pública,  de la violencia como mecanismo idóneo para la gestión, regulación o resolución de conflictos y transformación de realidades que reflejan injusticia social. (Jiménez Arenas, Muñoz, 2012: 277)

Son también escenarios que se consideran de construcción de paz,  los pactos políticos que como el del Frente Nacional[4] y la constituyente de 1990, contribuyeron de alguna manera a procesos de pacificación del país en el siglo pasado, y que para el caso de nuestro país los podríamos agrupar bajo la denominación de espacios de construcción de paz imperfecta, consideradas estas; como todas estas experiencias y estancias en la que los conflictos se han regulado pacíficamente, es decir, en la que los individuos y /o grupos humanos han optado por facilitar la satisfacción de las necesidades de los otros, sin que ninguna causa ajena a sus voluntades lo haya impedido. (Muñoz, 2001).

Igualmente, deben ser considerados bajo esta perspectiva de construcción de paz imperfecta los escenarios y las diversas iniciativas académicas, como la que se viene impulsando desde la rectoría de la Universidad libre seccional Cali a través del colectivo por la paz y el posconflicto.

            Ahora bien, la paz imperfecta es una categoría de análisis que desde otra perspectiva teórica nos va a permitir significar de manera importante como hechos de paz no acabada ni absoluta, a todos aquellos eventos de carácter político, administrativo y legal, que bajo la variable: regulación, transformación o resolución cotidiana de los problemas o de los conflictos creados por los propios seres humanos para sí, entre ellos o en su relación con la naturaleza (Jiménez Arenas, Muñoz, 2012:56 ,65),  como los desarrollados a partir de los instrumentos de perdón[5] conexos con el delito político como indultos, y  amnistías[6]; y los acuerdos de negociaciones de paz a partir de pactos políticos, y surgimiento de terceras opciones políticas autónomas derivadas de acuerdos de paz;  han servido para propiciar el desarrollo de capacidades humanas[7] para la transformación de realidades violentas. Pues no es extraño en la práctica y en la teoría académica que la construcción de paz se inicie cuando no han callado los fusiles. Si se empieza en pleno conflicto, señala el argumento, se van generando capacidades, consensos y legitimidades que lentamente van abriéndole paso a una paz estable (Rettberg, 2012:33).

Pensar en clave de paz imperfecta el periodo histórico de los diferentes momentos de violencia interpartidista y violencia estructural y revolucionaria, que se ha superado por los pactos políticos, implica entonces,  partir del reconocimiento de que hay otros hechos que también constituyen parte de la historia de la paz en Colombia, de “la paz como un proceso inacabado pero del cual existen muchas experiencias en todas las realidades sociales...”(Muñoz, 2001:7), complementarios a los escenarios de paz tradicional descritos en los esfuerzos de construcción de paz por parte de la comunidad internacional, de las iniciativas académicas y de ONGS, y de parte de las administraciones públicas locales, y por supuesto, de los esfuerzos señalados en los determinados periodos de la historia nacional por la investigadora Esperanza Hernández.[8]

De tal manera que, en estos periodos históricos también es preciso incluir como espacios de construcción de paz imperfecta a los diferentes hechos, las diversas experiencias y ámbitos de paz que hasta el momento se han desarrollado en Colombia a partir de episodios como: pactos políticos, surgimiento de terceras fuerzas políticas producto del tránsito de las armas a la política y acuerdos de alianzas políticas; etc., y que a mi juicio, sin ser una paz absoluta, perfecta, o acabada, si han permitido que durante la existencia del conflicto político armado el país haya vivido momentos complejos[9] de paz transitoria en medio de la barbarie; en tanto en el caso particular de un conflicto bélico, entre los dos polos, guerra y paz, existen muchas situaciones intermedias que alejan o aproximan a las partes. Así, las treguas, los pactos, las alianzas, los pasillos humanitarios o los armisticios, serian materializaciones de estas negociaciones. (Jiménez Arenas, Muñoz, 2012:63) que constituirían formas de paz imperfecta

Desde este punto de vista sería más adecuado hablar de “paces imperfectas”  ya que existen muchos espacios donde se producen regulaciones pacificas de los conflictos. (Muñoz, 2001). Y uno de esos espacios son los diferentes periodos de  pactos políticos y alianzas, y terceras fuerzas surgidas del conflicto armado y del pacto constituyente de 1991 por los cuales ha transitado como líneas de discontinuidad el conflicto político armado colombiano en las últimas décadas. Momentos históricos en el cual la paz ha estado allí, vigorosa,  presente, casi que podríamos decir, imperceptible, desapercibida.
          
A fin de comprender el marco epistemológico de la paz imperfecta, bien vale la pena señalar las tres categorías analíticas a las que alude para su comprensión el profesor Francisco Muñoz  en el texto “La paz imperfecta en un universo en conflicto” (2011)

           En primer lugar para hacer una ruptura con las concepciones anteriores en las que la paz aparece como algo perfecto, infalible, utópico, terminado, lejano, no alcanzable en lo inmediato. Alcanzable en el otro mundo, en la gloria, los cielos, con la mediación de los dioses, lejos de los asuntos mundanos, fuera de alcance de los humanos por sí mismo. En segundo lugar,  tal como venimos afirmando, una paz Imperfecta que ayuda a reconocer las prácticas pacíficas allá donde ocurran, que nos descubre estos hitos como apoyos de una paz mayor, más amplia. Y en tercer lugar una paz imperfecta que nos ayuda a planificar unos futuros conflictivos y siempre incompletos  (Muñoz, 2001)

El ser humano siempre ha deseado la paz, siempre ha buscado vivir en un ambiente de armonía; su espíritu natural gregario, cooperante  y solidario así lo evidencia. El género humano desde tiempos remotos ha profundizado en el proceso de socialización como vía primordial para el desarrollo de sus capacidades individuales y grupales, entre ellas probablemente la más importante: como hacer pervivir la especie y como hacer cada vez más compatible la misma en el marco de una creciente complejidad. (Jiménez Arenas, Muñoz, 2012:56, 57)

Pacifismo jurídico
De igual manera, algunas  expresiones de paz imperfecta como lo son  los instrumentos de perdón: treguas, indultos y amnistías, se les asemeja de manera análoga[10] para el presente análisis a lo que se ha denominado en el derecho internacional público como “pacifismo jurídico”,[11] entendido éste, como todas las expresiones de fortalezas jurídicas a nivel mundial que propendan a garantizar la paz internacional a través del derecho. En efecto, es el pacifismo que persigue el ideal de la paz a través del derecho, o sea prevalentemente con medios jurídicos, creando una nueva institución, el Estado universal, en que la solución de los conflictos a través de la guerra se hace imposible (Bobbio, 2000:115).

En el derecho internacional público, en este sentido, se consideran así, como pacifismo jurídico o la paz a través del derecho, a todos los pactos y acuerdos internacionales que tengan como propósito garantizar, no solo, mediante la prevención, sino también, mediante la imposición de medidas represivas, la paz mundial. Característico de este pacifismo es concebir el proceso de formación de una sociedad internacional estable por analogía con el proceso en el que se habría formado –según la hipótesis iusnaturalista;  en particular de acuerdo con el modelo hobbessiano- el Estado: proceso caracterizado por el paso del Estado de naturaleza, que es Estado de guerra, a la sociedad civil, que es Estado de paz, a través del pacto de unión. La mayor o menor estabilidad de la nueva asociación que nace de la superación del Estado natural depende de que dicho pacto de unión sea sólo un pacto de sociedad y no también un pacto de sumisión (Bobbio, 2000:181).

Paralelo a ello, también se podrían considerar como expresiones del pacifismo jurídico a las medidas adoptadas por la comunidad de naciones a fin de luchar contra la pobreza y la exclusión; como por ejemplo, el tema de los propósitos del milenio al que propenden  las Naciones Unidas.

               Consideremos el acuerdo (pacto o contrato, que entiendo aquí sinónimos, aunque en el lenguaje técnico respondan a veces a significados distintos) a aquel acto (bilateral o multilateral) mediante el cual dos contendientes ponen fin a una situación de conflicto y establecen entre sí un estado de paz. Se puede hablar con corrección de paz a través del derecho o de estado jurídico de paz (y no de estado de paz en general) solo cuando el acuerdo se produce en un contexto normativo en el que no solo existen normas que establecen la modalidad para sellar un acuerdo, sino también normas que determinan cuáles son las modalidades que deben observarse en el caso de que alguno de los contrayentes no lo cumpla. Por emplear expresiones técnicas del lenguaje jurídico, el contexto normativo que permite hablar correctamente de paz a través del derecho es aquel que prevé normas no sólo para la validez, sino también para la eficacia del acuerdo. Aquellos acuerdos cuya eficacia, es decir, cuyo cumplimiento no se garantiza no son instrumentos de paz, sino sólo nuevas ocasiones de conflicto o de guerra. (Bobbio, 2009:608)

De tal manera que para el caso colombiano se denomina bajo el concepto de pacifismo jurídico inacabado[12] a todos los actos administrativos o instrumentos jurídicos de perdón con capacidad de transformación de la realidad[13] (leyes, decretos, etc.) como las amnistías, los indultos o los decretos de reinserción, y los planes de rehabilitación de zonas y regiones,  que se han expedido por parte del gobierno nacional durante el periodo de las diferentes violencias con el propósito de lograr consolidar espacios para la construcción de paz imperfecta, bien sea entre las propias elites, o entre el Estado y los insurgentes.

En virtud de todos estos hechos de interrupción del conflicto político armado se precisa cómo todos estos episodios o instrumentos de perdón bajo sus propias circunstancias han permitido conversaciones y negociaciones de acuerdos transitorios para superar momentos de violencia política, permitir transiciones de la guerra a la política, pactos de gobernabilidad, y construcción de terceras fuerzas políticas autónomas..

Ahora bien, es preciso referirnos de manera analógica como eventos de pacifismo jurídico; haciendo un giro epistemológico en el marco de la construcción de paz imperfecta en Colombia, a todos aquellos actos administrativos o actos jurídicos que un gobierno diseña y decreta, bien sea, en el marco de las conversaciones y negociaciones de paz, o bien sea, en la implementación de políticas públicas tendientes a consolidar espacios para la construcción de paz y a recuperar para el Estado el monopolio exclusivo de la fuerza.

Dichas medidas se desarrollan  a partir de la propia capacidad que tiene el Estado para ofrecer propuestas jurídicas de construcción de paz y que tienen como propósito central; a parte de superar el Estado hobbessiano[14] y consolidar la legitimidad sobre el monopolio exclusivo de la fuerza;  otorgar a los individuos que se encuentran en rebeldía en contra del establecimiento político beneficios jurídicos de perdón y olvido, y así, mediante estos instrumentos, lograr consolidar espacios para la construcción de paz imperfecta con la  integración de estas personas a la sociedad civil a fin de que desarrollen nuevas potencialidades en el marco de los pactos suscritos. .

Desde una perspectiva positiva se debe definir  también como pacifismo jurídico o paz a través del derecho positivo, como parte de la paz imperfecta, a todos aquellos actos administrativos que tienen como propósito desarticular los conflictos sociales a partir del desarrollo de políticas públicas en  favor de la garantía, la implementación y el goce de los derechos humanos, económicos, sociales y culturales de la población, en el entendido que es la relación entre derechos humanos y democracia la garantía de un pacto de sociedad de mayor democracia y de una paz más duradera.


Bibliografía

Bejarano, Jesús Antonio. “El papel de la sociedad civil en el proceso de paz”. En Francisco Leal Buitrago (editor), Los laberintos de la guerra: Utopías e incertidumbres sobre la paz. Tercer Mundo Editores- Universidad de los Andes, 1999.

Bobbio, Norberto, El futuro de la democracia, Fondo de cultura económica, México, 1992.

Fisas, Vincec. Cultura de paz y gestión de conflictos, ediciones Unesco, impreso por Romanya/Valls, S.A. Verdaguer 1, Cappellades (Barcelona) cuarta edición 2004.  pp. 19, 20, 34.

Fisas, Vincenc, (2009) Anuario de procesos de Paz 2009, Barcelona: Icaria Editorial.

Fisas, Vincec, (2004) “Capitulo 2. Vías para Intervenir en los Conflictos Armados”. En Vicenc Fisas, Procesos de paz y Negociación en Conflictos Armados. Paidos, Barcelona.

Muñoz, Francisco A. (2001) (Ed) La paz imperfecta, Granada, pp. 21-66.

Muñoz A., Francisco, Molina Rueda, Beatriz. (2009) (Ed) Pax Orbis, Complejidad y conflictividad de la paz. Universidad de Granada, Instituto de la Paz y los conflictos. Pág. 47.

Muñoz A. Francisco, Bolaños Carmona, Jorge. (2011) (Ed)  Los habitus de la paz: Teorías y prácticas de la paz imperfecta. Universidad de Granada, Instituto de la Paz y los Conflictos.

Roll, David. Un siglo de ambigüedad para entender cien años de crisis y reformas políticas en Colombia. Editorial Universidad Nacional de Colombia. Bogotá, 2001.
Reittberg, Angelika (compiladora). Construcción de paz en Colombia, editorial Universidad de los Andes, Facultad de Ciencias Sociales, Departamento de Ciencias Políticas-Ceso, Bogotá, Primera Edición agosto de 2012.

Ross, Marc Howar (1995). La Cultura Del Conflicto. Las Diferencias Interculturales En La Práctica De La Violencia.  Barcelona: Paidos.

(*) Profesor de la Universidad Libre, Facultad de Derecho y Ciencias Políticas y Sociales, especialista en Gestión de Paz y Tratamiento de Conflictos de la Universidad de Granada, España.



[1]              La Paz Imperfecta como categoría de análisis  nos permite señalar de manera concreta como hechos de paz; a todos aquellos episodios que como los desarrollados a partir de los instrumentos de perdón: los indultos, las amnistías. Y los acuerdos de negociaciones de paz como los pactos políticos, las treguas, ceses al fuego y el surgimiento de terceras opciones políticas autónomas a partir de acuerdos de paz,  han contribuido al desarrollo de capacidades humanas para la transformación de realidades violentas.
[2]              Se entenderá como episodio en el presente trabajo a los constructos de tiempo que no mantienen una relación de continuidad de largo plazo,  pero que definen intervalos donde se manifiestan hechos relativamente nuevos. En lo que concierne a la paz, se trata de aquellos hechos que generan rupturas de la dinámica de la violencia habitual, producto de procesos de construcción de paz.
[3]              Ver: “Expresiones de cultura de paz en Colombia, historia de sus significados en contextos de violencias y construcción de paz en Colombia”. Artículo de Esperanza Hernández Delgado; en “La Paz” partera de la historia” .(Jiménez Arenas, Muñoz, 2012:277)

[4]              Se hace referencia a los procesos de desarme y desmovilización exitosa que ha ocurrido en el periodo analizado (1948-2012) y a la pacificación del país que logro el acuerdo del Frente Nacional al superar la violencia interpartidista Liberal-conservadora.
[5]              Se refiere a las amnistías, treguas, indultos, y reinserciones, que se han decretado a lo largo de nuestro conflicto armado; denominado también como pacifismo jurídico,  y que junto a los pactos de paz, y de construcción y desarrollo de terceras fuerzas autónomas nacidas de procesos de paz  serán definidas en el presente trabajo bajo el concepto de Paz imperfecta.
[6]              Se entiende el indulto como el perdón de manera total o parcial de una pena. El indulto se refiere a la conmutación de la pena por diferentes razones. Por su parte, se entiende como amnistía al acto por medio del cual un gobierno, con base en razones políticas, anula la relevancia penal de ciertos hechos. Es un derecho de Gracia, originado en la Grecia antigua que fue utilizado después de enfrentamientos,  y como señal de perdón entre contrarios. La palabra amnistía viene el griego amnesia. Las amnistías por el drama tan violenta del conflicto que ha vivido Colombia deberá ser condicionada; a fin de que se pueda conocer la verdad, aportar a la reconstrucción histórica de los hechos y a la reparación de las víctimas.
[7]              Se considera el desarrollo de capacidades humanas como las capacidades que las personas deben desarrollar a través de procesos de educación, de capacitación para el trabajo e iniciativa laborales, en los que mediante una actitud consciente se alcancen las aspiraciones, personales, sociales, en familia y en comunidad. Tanto la paz imperfecta como el pacifismo jurídico permiten desarrollar esas capacidades en entornos  previamente delimitados.
[8]  Ver: Articulo de Esperanza Hernández Delgado, en “La Paz” partera de la historia”. (Jiménez Arenas, Muñoz, 2012:277)  “Expresiones de cultura de paz en Colombia, historia de sus significados en contextos de violencias y construcción de paz en Colombia”.
[9]              El término Complejo según la Real Academia Española, significa: Que se compone de distintos elementos o partes. Este concepto viene de la expresión latina Complexus; expresión que significa lo que esta tejido junto.
[10]             El Diccionario de la Real Academia Española define como analogía a la relación de semejanza entre cosas distintas. En este caso, el concepto de Pacifismo Jurídico, propio del Derecho Internacional Público,  se relaciona con las amnistías, indultos y treguas, en tanto cumple una función de facilitar paz a través del derecho, a individuos que se someten a estas decisiones jurídicas.
[11]             Norberto Bobbio considera el pacifismo jurídico en una perspectiva Hobbesiana, como un proceso que consiste en pasar de un Estado  de naturaleza o de guerra de todos contra todos; a un Estado de sociedad civil mediante el acuerdo o el pacto de los individuos. (Ver Bobbio; 2009:612)

[12]               La expresión de Pacifismo Jurídico Inacabado se toma  a partir de las posibilidades de adecuación del concepto de la expresión:   Pacifismo Jurídico, utilizada por Norberto Bobbio según la tesis de que es preciso un marco normativo internacional en contra de la barbarie, Concepto ya expresado por parte de Inmanuel Kant en su célebre texto de la Sobre la paz perpetua. Un proyecto Filosófico (1796). De igual manera, se hace referencia a los instrumentos jurídicos con el fin de perdonar, a los recursos legales que se precisan de todos aquellos actos que como la amnistía y el indulto tienen el propósito de vincular de nuevo a las personas insurrectas al ejercicio de sus actividades civiles y políticas a partir de escenarios  que permitan la construcción de paz.
[13]             Los proceso de paz imperfecta tienen como propósito que las diferentes entidades humanas puedan desarrollar sus capacidades a plenitud en un ambiente de manejo del conflicto en la civilidad.  Estos instrumentos jurídicos de perdón, que a su vez se constituyen en la esencia del llamado pacifismo jurídico, contribuyen también a tal propósito.
[14]             Por Estado Hobbessiano se hace referencia a la existencia de vastas zonas del territorio nacional colombiano en donde la ausencia de la presencia del Estado a través de sus instituciones es francamente notoria. En Colombia hay más territorio que Estado social de derecho, lo que ha permitido que en una parte de la geografía nacional sean los grupos ilegales los que ejercen el monopolio de la fuerza y las armas;  constituyéndose en el  Poder que media las relaciones sociales en esas marginadas y abandonadas comunidades. El único poder que es referenciado por estas comunidades es el que se desprende sólo de la capacidad de intimidación que tienen los grupos ilegales en esos olvidados territorios de la geografía nacional.

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